Un nuevo requisito tributario para las empresas peruanas
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha anunciado un importante cambio en la normativa fiscal que afectará a miles de contribuyentes en el país. A partir del año 2026, todas las personas y entidades jurídicas que cumplan con ciertos criterios deberán declarar quiénes son sus beneficiarios finales. Este movimiento busca aumentar la transparencia y combatir la evasión fiscal.
Según el cronograma establecido, las obligaciones de declaración se basan en los ingresos netos reportados durante el año 2024. Las empresas cuyos ingresos no superen las 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) tendrán diferentes plazos según su nivel de ingresos:
- Más de 25 UIT y hasta 50 UIT: julio de 2026.
- Más de 10 UIT y hasta 25 UIT: septiembre de 2026.
- Hasta 10 UIT: noviembre de 2026.
Aquellos que no se encuentren dentro de estos rangos también deberán cumplir con esta obligación, presentando su información en noviembre del mismo año.
La medida tiene como objetivo identificar a las personas naturales que poseen o controlan entidades jurídicas, ya sea directamente o a través de otras estructuras. Esta información es crucial para fortalecer el control tributario y facilitar el cumplimiento con compromisos internacionales relacionados con el intercambio de información fiscal.
El proceso se llevará a cabo completamente en línea mediante el Formulario Virtual N.º 3800, disponible a través del portal Sunat Operaciones en Línea (SOL). Esto permitirá a los contribuyentes realizar su declaración sin necesidad de acudir físicamente a una oficina, facilitando así el cumplimiento normativo.
A través de esta iniciativa, la Sunat espera prevenir prácticas como el lavado de activos y enfrentar operaciones vinculadas al financiamiento del terrorismo. La identificación clara de los beneficiarios finales es un paso esencial hacia una mayor transparencia empresarial en Perú.


