Un cambio significativo en el sistema previsional peruano
La implementación de la Ley N.° 32123, conocida como la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, marca un hito importante para los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y al Sistema Privado de Pensiones (SPP). A partir del 1 de junio de 2027, los ciudadanos tendrán la oportunidad de trasladarse entre estos dos regímenes previsionales, gracias a un nuevo reglamento publicado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Este reglamento fue aprobado mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000081-2026-PE-ONP y se elaboró en colaboración con la Superintendencia de Banca Seguros y AFP (SBS). Su objetivo es regular los procedimientos que permitirán a los afiliados realizar este tránsito con total transparencia y conocimiento.
Una característica destacada del nuevo sistema es la creación de una Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), que centralizará todos los trámites relacionados con las afiliaciones y traslados. Esta herramienta digital facilitará el proceso, permitiendo que los usuarios realicen sus solicitudes desde cualquier lugar.
A partir del inicio del proceso, cualquier afiliado podrá solicitar su traslado entre regímenes. Sin embargo, existen algunas restricciones importantes: aquellos pensionistas que ya están recibiendo beneficios por jubilación o invalidez no podrán cambiarse entre sistemas. Además, después del primer traslado, será necesario permanecer un mínimo de 24 meses en el régimen elegido antes de poder solicitar otro cambio.
La SBS ha enfatizado que este avance es crucial para fomentar un sistema previsional más integral en Perú. La entidad se compromete a emitir normas complementarias que garanticen un proceso seguro y transparente para todos los ciudadanos involucrados. Esto permitirá a los afiliados tomar decisiones más informadas sobre su futuro financiero.
- A partir del 1 de junio de 2027, comenzará el proceso formal para solicitar traslados entre SNP y SPP.
- Todas las solicitudes se gestionarán a través de una plataforma digital única.
- No podrán trasladarse quienes ya estén percibiendo pensiones por jubilación o invalidez.


