La Compensación por Tiempo de Servicios en el horizonte
El mes de mayo de 2026 se ha convertido en un momento crucial para miles de trabajadores peruanos, quienes esperan ansiosos el depósito de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Este beneficio, que representa aproximadamente una remuneración anual, debe ser depositado por los empleadores a favor de sus empleados formales. La fecha límite para este primer pago del año es el 15 de mayo, y aquellos que no cumplan con esta obligación podrían enfrentar severas sanciones económicas.
A partir del 9 de mayo de 2025, la Ley n.º 32322 permite a los trabajadores retirar hasta el 100 % de sus fondos acumulados en CTS. Esta medida, promulgada por el Ejecutivo, ofrece a millones la posibilidad de acceder a su dinero hasta el 31 de diciembre de 2026. Este cambio transforma la CTS en un fondo que no solo actúa como respaldo ante eventualidades laborales, sino también como un ahorro accesible para situaciones urgentes.
Los empleados del sector privado son los principales beneficiarios de este sistema, recibiendo su CTS dos veces al año: en mayo y noviembre. Para recibir este primer depósito correspondiente al periodo noviembre-abril, es fundamental que los trabajadores verifiquen si sus empleadores han cumplido con esta obligación antes del plazo establecido. Es importante destacar que solo aquellos que laboran al menos cuatro horas diarias tienen derecho a este beneficio.
Los trabajadores pueden verificar si su CTS ha sido depositada mediante tres métodos:
- Accediendo a la aplicación móvil del banco donde reciben su salario y revisando las cuentas habilitadas.
- Visitando directamente una sucursal bancaria y presentando su DNI para consultar sobre su cuenta y saldo disponible.
- Llamando a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para obtener información sobre sus cuentas bancarias.
En situaciones trágicas como el fallecimiento del trabajador, las empresas están obligadas a realizar el depósito correspondiente dentro de las 48 horas siguientes. El cónyuge o conviviente acreditado podrá acceder únicamente al 50 % del monto acumulado, mientras que el resto quedará bajo custodia hasta que se presente un testamento o declaración formal de herederos. Esta regulación busca proteger los derechos económicos tanto del trabajador como de sus seres queridos.


